DIARIO LIBRE 26 asambleístas del PLD, cinco del PRD y una reformista votaron en contra de la moción
SANTO DOMINGO. La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución habría cerrado ayer la brecha para que se pueda establecer en el país, dentro el Código Penal, la despenalización del aborto, aprobando en primera lectura la propuesta del Poder Ejecutivo que establece que: "El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte".
Esta moción fue sancionada con 167 votos a favor y 32 en contra. Sólo se necesitaban 133 votos para validarlo y será el artículo 11 de la nueva Constitución. La propuesta fue votada sin tomarse en cuenta una, presentada por la bancada del oficialista Partido de la Liberación Dominicana. El vicepresidente de la Asamblea Nacional, Julio César Valentín, propuso que se adoptara el artículo cuatro de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, votada en San José de Costa Rica en 1969. Este artículo expresa que "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente". En vista de que no hubo acuerdo sobre esta propuesta, el presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez, hizo suya la propuesta del Poder Ejecutivo, tal como lo habían anunciado. La propuesta del Ejecutivo fue asumida, además, por los bloques de los Partidos Revolucionario Dominicano (PRD) y Reformista Social Cristiano (PRSC) y respaldada por la mayoría de los peledeístas. El tema controversial fue debatido ampliamente por los asambleístas, de los que hablaron once, que sumado a los 37 que el pasado jueves se expresaron, convierte el artículo 30 en el más debatido hasta el momento. Reacciones El coordinador de la Pastoral juvenil, padre Luis Rosario, dijo que no es un triunfo de la Iglesia, sino de la vida, y sostuvo que se trató de un ejercicio democrático, porque quienes votaron fueron los asambleístas. "No es negociable el derecho a la vida, aunque reconoció que se trató de una lucha mediática, partidaria y política". Fátima Portorreal, del Centro de Estudios de Género de Instituto Tecnológico de Santo Domingo acusó de fascista a la Iglesia y al Presidente de la República de machista y patriarcal. Entiende que con esta sanción habrá un incremento de la muerte materna producto del aborto. Otros artículos Los asambleístas sancionaron también con leves modificaciones el artículo 31 con sus 16 numerales que establece: "Toda persona tiene derecho a la libertad y salvo el caso de flagrante delito". Este será el artículo 12. El artículo 32, que será el 13 de la nueva Constitución prohibe la esclavitud, la servidumbre y la trata y tráfico de personas en todas sus formas. El artículo 33 de la propuesta del Ejecutivo, que será el 14 fue acogido y es el que establece el respeto a la integridad física, psíquica y moral y a vivir sin violencia de toda persona. El artículo 34 establece el derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. El artículo 35, que será el 16, fija el derecho a la intimidad y garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Libertad de cultos Además se aprobó que el Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres, que será el artículo 17. Secreto de la comunicación "Se reconoce la inviolabilidad de la correspondencia, documentos o cualquier tipo de mensajes privados en formato físico, digital, electrónico o de cualquier otro tipo. Estos no podrán ser ocupados ni registrados, sino por orden de un tribunal competente, mediante procedimientos legales en la substanciación de asuntos que se ventilen en la justicia y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso. Es igualmente inviolable el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica, electrónica, telemática o la establecida en cualquier otro medio", dispone el artículo 36 que será el 16.
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